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Noticia

Comunicado a la comunidad estudiantil Otorgamiento de Becas

La Universidad del Magdalena a través de la Dirección de Bienestar Universitario se permite informar y aclarar que las becas y subsidios otorgados a los estudiantes por concepto de campeonatos deportivos internos, locales, regionales y nacionales; así como las participaciones en eventos culturales, subsidios alimentarios, ayudantías, cupos especiales y otros programas y/o beneficios; son de carácter personal e intransferibles.

De acuerdo a lo anterior, la Universidad del Magdalena hace un llamado a su comunidad estudiantil para que no sean víctimas de engaños con el ofrecimiento de becas y reitera que tanto la venta, el intercambio o la cesión de los beneficios, acarrea para los involucrados, graves sanciones disciplinarias, académicas y administrativas.

Respecto a las implicaciones que este tipo de actuaciones podrían tener, el Artículo 166 del Reglamento Estudiantil establece: “Las faltas contra el orden universitario, los reglamentos de la Universidad, el comportamiento social, la seguridad personal o colectiva, y todas aquellas que atenten contra el patrimonio y el buen nombre de la Universidad y de los miembros de la comunidad académica se sancionarán, cumplido el debido proceso cuando diere lugar, según la gravedad de la falta así:

a. Amonestación privada, por escrito que hará el Director de Programa.
b. Amonestación pública que hará el Decano, mediante resolución motivada y fijada en un lugar público.
c. Matrícula condicional que impondrá el Consejo de la Facultad.
d. Cancelación de la matrícula, que impondrá el Consejo de la Facultad, sanción apelable ante el Consejo Académico. El Consejo de la Facultad podrá levantar esta sanción en un período académico posterior, con la aprobación del Consejo Académico.
e. Expulsión de la Universidad, que impondrá el Consejo Académico. Esta sanción es susceptible de apelable ante el Consejo Superior Universitario.

PARÁGRAFO 1. Las Faltas cometidas colectivamente por estudiantes pertenecientes a distintas Facultades serán estudiadas por el Consejo Académico el cual impondrá las sanciones a que hubiere lugar.
PARÁGRAFO 2. Todas las sanciones a que hubiere lugar, se harán constar en la hoja de vida académica del estudiante o de los estudiantes comprometidos.
PARÁGRAFO 3. La presunta comisión de alguna de las faltas señaladas en este artículo y que puedan dar lugar a las sanciones contempladas en los literales a, c, d y e, será informada al Decano de la Facultad al cual pertenece el inculpado. El Decano comunicará al organismo universitario competente para que inicie la investigación respectiva, copia de esta comunicación será remitida por el Decano al Rector de la Universidad.

De este modo, invitamos a los estudiantes a proceder acorde a los valores institucionales y a ser veedores de las políticas, programas y proyectos que la Alma Máter está ejecutando para brindarles más y mejores oportunidades a los jóvenes universitarios.

Asimismo, el equipo de la Dirección de Bienestar Universitario estará atento y presto a resolver todas las inquietudes, dudas y preguntas que tenga la comunidad estudiantil sobre los beneficios y becas otorgadas por la Institución.